Nueva Ley Antilavado: la primera decisión es saber qué le corresponde a su empresa.
El Decreto 15-2026 entra en vigor el 17 de septiembre de 2026. Antes de comprar manuales o adoptar controles genéricos, conviene determinar si la actividad real de la empresa la convierte en Persona Obligada y cómo la nueva Ley puede afectar sus relaciones comerciales.
Una ley nueva no significa una obligación idéntica para todos.
El Decreto 15-2026 reorganiza el régimen de prevención del lavado de dinero y del financiamiento del terrorismo, fortalece el enfoque basado en riesgo e incorpora nuevas actividades al sistema preventivo.
La inclusión no depende solamente del nombre comercial, el título profesional o la forma jurídica. Debe analizarse qué actividad se realiza, cómo se presta, qué operaciones se ejecutan y si se actúa por cuenta propia o en representación de terceros.
Una conclusión incorrecta puede llevar a dos extremos costosos: incumplir obligaciones aplicables o imponer a la empresa una estructura que la Ley no le exige.
El punto de partida correcto es un diagnóstico de aplicabilidad y brechas basado en la operación real de la empresa.
— Impacto indirecto
No ser Persona Obligada no significa quedar fuera del impacto de la Ley.
Venderle a una Persona Obligada no convierte automáticamente al proveedor en Persona Obligada. Sin embargo, la relación sí puede producir exigencias prácticas que afecten contratos, pagos, financiamiento y continuidad comercial.
01
Cuando la empresa es cliente
Bancos y otras Personas Obligadas deben identificar al cliente, verificar quién actúa en su nombre, conocer a sus beneficiarios finales, comprender la relación y asignar un nivel de riesgo. Si no pueden completar la revisión, pueden verse obligados a no iniciar o a terminar la relación.
02
Cuando la empresa es proveedora
Una Persona Obligada puede exigir información societaria, beneficiarios finales, declaraciones, cláusulas de cumplimiento y evidencia de determinadas operaciones como condición comercial. Esa exigencia no cambia por sí sola la categoría legal del proveedor, pero sí puede decidir si conserva al cliente o cierra la operación.
¿Está su empresa preparada para entregar la información que sus bancos, clientes, inversionistas y contrapartes comenzarán a exigirle?
— Revisión ejecutiva
Cinco preguntas que la empresa debería responder ahora.
01
¿La actividad real de la empresa encaja en alguna categoría de Persona Obligada?
02
¿Conoce e identifica adecuadamente a sus clientes, contrapartes y beneficiarios finales?
03
¿Cuenta con criterios documentados para clasificar riesgos y detectar señales de alerta?
04
¿Sus políticas, expedientes y responsables reflejan cómo funciona verdaderamente la operación?
05
¿Puede demostrar por qué aceptó una relación o transacción ante una autoridad, banco, auditor o socio comercial?
— Ruta de preparación
Controles que funcionen dentro de la empresa, no documentos para archivar.
Una evaluación profesional permite definir un alcance proporcionado al riesgo y a la actividad. El trabajo puede comprender:
01
Aplicabilidad y brechas
Determinación de la condición de Persona Obligada y diagnóstico de los controles existentes.
02
Riesgos y debida diligencia
Matrices de riesgo, conocimiento del cliente y de terceros, beneficiario final y Personas Expuestas Políticamente.
03
Políticas y procedimientos
Diseño o actualización de manuales, formularios, responsabilidades, controles y mecanismos de escalamiento.
04
Implementación
Capacitación, plan de trabajo, evidencia de decisiones y revisión periódica.
— Consultoría con visión de negocio
Análisis económico, experiencia empresarial y gestión de riesgos.
Ronaldo Estrada Rivera es economista, MBA y profesional certificado AMLCA por FIBA. Su trabajo integra análisis económico, experiencia empresarial, debida diligencia y gestión de riesgos para ayudar a las organizaciones a comprender qué les corresponde y convertirlo en una ruta de implementación viable.
Información actualizada al 12 de septiembre de 2026. Este contenido es informativo y no determina si una persona o empresa concreta tiene la calidad de Persona Obligada. La consultoría anunciada corresponde a cumplimiento empresarial y gestión de riesgos AML. Cualquier servicio jurídico o notarial que eventualmente resulte necesario deberá definirse y contratarse bajo un alcance separado.